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>> Publicado en Conceptos el Jueves, 03 de Septiembre de 2009 05:05

Escrito por Rafael López

El artículo 276 de la Constitución Política del Estado (CPE) establece que Las entidades territoriales autónomas no estarán subordinadas entre ellas y tendrán igual rango constitucional.

¿Cuál es el origen histórico de este artículo?

En febrero de 1993 el Senado Nacional aprobó por unanimidad el proyecto de ley sobre descentralización departamental, proyecto que junto a más de 16 iniciativas de este tipo, impulsaron la vía departamental de la descentralización. “Una enmienda constitucional de 1967 había dispuesto la formación de gobiernos departamentales, anunciando una ley que nunca se dictó, posteriormente, a comienzos de 1993………se logró redactar un documento que colmaba las aspiraciones largamente postergadas de las regiones bolivianas…….se creaba una asamblea compuesta por representantes elegidos directamente por el pueblo; se reactivaban los tesoros departamentales ….con recursos propios, y se definían las competencias entre las tres instancias de gobierno: nacional departamental, municipal”1.

Este proyecto no prosperó mas allá de la cámara de senadores y en abril del año siguiente se promulgó la Ley de Participación Popular que desestimó la iniciativa departamental y optó por la vía municipal. Después varios intentos de reactivación de la demanda de autonomía departamental, especialmente desde Santa Cruz, en los que se incluye el multitudinario “Cabildo de la verdad” de 28 de enero de 2005, se oficializa la elección de prefectos por voto popular en diciembre de 2006 y el referéndum por las autonomías para julio de 2006, con resultado vinculantes a la Asamblea Constituyente.

Paralelamente, la demanda por la autonomía indígena cobra mayor protagonismo y el equilibrio territorial entre el nivel central, departamental, municipal e indígena se convierte en uno de los principales retos2 del diseño constitucional. Por una parte indígenas y municipios veían con temor el nacimiento de un nivel departamental autónomo con mucha fuerza que podría “encapsularlos”. “El nivel municipal a veces se halla encapsulado entro de un orden territorial superior, sea el meso el nivel nacional. El primer caso es un fenómeno típicamente federal, pues en este modo, los municipios suelen ser criaturas de cada ente federado” 3


¿Qué significa el igual rango y la insubordinación?

Es este conjunto de razones que llevan al acuerdo de la “igualdad de rango constitucional” de las entidades autónomas que como su propia definición constitucional indica no permite la subordinación entre entidades autónomas. De esta forma el miedo de que un nivel autónomo estuviese en superioridad a otro se disipa.

Ahora bien los elementos que reafirman la insubordinación entre entidades autónomas son la facultad legislativa sobre sus competencias exclusivas, lo cuál deriva en que por ejemplo un gobierno municipal no se subordine a la legislación de un gobierno departamental, la capacidad de crear y modificar impuestos propios lo que evita la dependencia de un nivel sobre las rentas del otro, el elegir autoridades por sufragio, evitando las designaciones en iguales jurisdicciones y finalmente la posibilidad de tener normas básicas fundamentales como ser estatutos y cartas orgánicas.

Es importante destacar que el igual rango constitucional no inhibe a la coordinación entre las entidades autónomas, puesto que esto no vulnera en ningún caso la igual jerarquía.

1 Fisonomía del regionalismo boliviano. Jose Luis Roca. Ed El País. 2007. Santa Cruz Bolivia.

2 Una de las primeras propuestas teóricas para el logro de este equilibrio puede verse en el libro: “EL Estado Triterritorial” de Franz Barrios.

3 Hacia un pacto territorial en Bolivia, Conflictos Conceptos, Consensos en torno a las autonomías. Franz Barrios Suvelza. PNUD-AECID. 2009


Sitios Web de Gobernabilidad Democrática

Democracia y estado de derecho Sociedad civil y Movimientos indígenas
Corte Nacional Electoral
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PNUD - Programa de Fortalecimiento Democrático
http://www.partidosbolivia.org.bo/
IDEA International (en inglés)
http://www.idea.int/

Fundación Boliviana para la Democracia Multipartidaria
http://www.fbdm.org.bo/
UNRISD - Instituto de Investigación para el Desarrollo Social de Naciones Unidas
http://www.unrisd.org/
MINGA informativa de movimientos sociales
http://movimientos.org
Federación Nacional de Mujeres Campesinas de Bolivia - Bartolina Sisa
http://www.bartolinasisa.org
Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia - CIDOB
http://www.cidob-bo.org/
Investigación y formación Indicadores
CEPAL - Comisión Económica para América Latina y El Caribe
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CIDES UMSA - Postgrado en Ciencias del Desarrollo
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CESU UMSS - Centro de Estudios Superiores Universitarios
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INE - Instituto Nacional de Estadística de Bolivia
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