Usted está aquí: articles Inicio noticias Noticias Ley de Deslinde Jurisdiccional sancionada

PDFImprimirE-mail

>> Publicado en Noticias el Miércoles, 22 de Diciembre de 2010 16:05

Escrito por Wilfredo Jordán

asamblealpLe presentamos en este post la Ley Nº 073 de Deslinde Jurisdiccional, sancionada por la Asamblea Legislativa y próxima a ser promulgada. Esta norma es una de las más importantes para el Estado, debido a que otorga rango constitucional a la Justicia Indígena Originario Campesina, establece los mecanismos de coordinación y cooperación entre la justicia ordinaria, agroambiental y la indígena y es la primera que ha atravesado por un proceso de consulta ante los pueblos originarios.

Recursos multimedia en esta nota
Documento Ley Nro. 073 De Deslinde Jurisdiccional

 

Con esta Ley la Justicia Indígena tendrá la misma jerarquía que las otras jurisdicciones. Asimismo, otorga potestad a las naciones originarias a administrar justicia de acuerdo con sus procedimientos propios. No obstante, prohibe la pena de muerte y sanciona la violencia contra niñas, niños, adolescentes y mujeres.

La coordinación entre las diferentes justicias, otro punto central de este documento, se ejercerá mediante el acceso a la información sobre hechos y antecedentes de personas, así como espacios de diálogo entre las diferentes formas de justicia; y la cooperación se realizará a través de las distintas instituciones jurisdiccionales, como el Ministerio Público, la Policía Boliviana y las autoridades de la jurisdicciones indígenas.

Hay que señalar también que desde abril de 2010, esta Ley ha sido presentada a las organizaciones indigenas de Bolivia, las que pudieron observar, modificar artículos y darle el consentimiento a esta norma para su posterior consideración en la Asamblea. Este denominado "Proceso de Consulta" está respaldado por la Constitución y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y es el primero que se realiza en el país y la región.

Del mismo modo, la Oficina en Bolivia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y la Defensoría del Pueblo, en el marco del Programa Conjunto: Promoviendo el Cambio en Paz del Sistema de Naciones Unidas, ha brindado apoyo técnico al Viceministerio de Justicia Indígena para la realización de este "Proceso de Consulta".

La Ley de Deslinde Jurisdiccional consta de cuatro capítulos, 17 artículos, una disposición final y una disposición abrogatoria y derogatoria que puede consultar y descargar, íntegramente, en el siguiente en enlace:

Comentarios 

 
-2 # Ricardo 14-02-2011 19:15
Con esta ley desaparecera la discriminación a las autoridades originarias, sus desiciones tendran rango constitucional. QUE BUENO!!!
Responder
 
 
+1 # julio 18-02-2011 14:48
La información que ponen en este artículo es falsa!! (deben cuidar mejor sus fuentes), porque el texto final de la ley "no atravesó por un proceso de consulta" sino una versión anterior cuyo contenido no fue respetado.
La ley aprobada subordina la justicia indigena a la ordinaria.
Responder
 
 
0 # Administrator 31-03-2011 20:47
Estimado Julio:
en ningún momento decimos que el texto final de la Ley ha atravesado un proceso de consulta sino que la elaboración de la ley ha tenido ese proceso de consulta.
Gracias por la puntualización de mencionar que la justicia indígena ha sido subordinada a la ordinaria, de seguro es un tema que otros visitantes del sitio querrán debatir.
Responder
 
 
0 # gabriela quiroz 19-10-2011 20:10
VIVIMOS UNA INJUSTICIA MAS Q JUSTICIA, AL ESCUCHAR DE ESTA LEY APOYABA, LUEGO DE VER Y ENTERARME DE ALGUNOS CASOS TENGO MUCHO MIEDO! LOS ORIGINARIOS ESTAN MUY RENEGADOS,NOSE SI ES BUENO O MALO LA LEY O HAY MALA INTERPRETACION DE LA LEY POR LOS MISMOS ORIGINARIOS, SERIA BUENO INVESTIGAR, ESPERO ESTAR
EQUIVOCADA.
Responder
 
 
+1 # roque armando camach 08-03-2011 22:37
En realidad es una norma "travesti", pues desde el gobierno dicen que ella da igualdad al subsistema jurisdiccional indígena originario campesino con el ordinario, empero esa igualdad es en unas mínimas atribuciones dadas a ese subsistema; por eso la ley de deslinde jurisdiccional es algo diferente a lo que aparenta o sea que no es lo que dicen los del gobierno, de ahí su travestismo. Esta ley de deslinde, es tan racional, positiva y reductora del subsistema indígena originario campesino (al que sólo le reconoce atribuciones para conocer sobre ciertas faltas cometidas contra los usos y costumbres), que ni a Gonzálo Sánchez de Lozada se le pudo haber ocurrido algo así.
Responder
 
 
+1 # juan marco 30-03-2011 17:35
SE RECOMIENDA LA REVISIÓN DE LA PRESENTE LEY, PUESTO QUE NO ES LA OFICIAL, PORQUE LA CITADA OFICIAL PRESNETE ALGUNAS MODIFICACIONES
Responder
 
 
+1 # roque armando 31-03-2011 15:39
¿¿¿¿¿¿Acaso no es la Ley Nº 73, del 29 de diciembre del 2010??????
Responder
 
 
+1 # Wilfredo Jordán 01-04-2011 13:28
Estimados Juan Y Roque, hemos revisado la Ley y el contenido de cada uno de los artículos es el correcto, pero a fin de despejar futuras dudas, hemos colgado loa versión oficial de la Gaceta Oficial de Bolivia. Gracias por los comentarios, siempre invitados a pasar por acá.
Responder
 
 
+1 # PORFI 04-04-2011 10:18
PORFAVOR NO DESINFOMREN, OK!!!
Responder
 
 
-1 # isidora marca 11-04-2011 13:32
cierto estoy muy de acuerdo no desinformen anque algunos podemos tener la capacidad otras fuentes de opetencion hay otros que no lo tienen !cuidado!
Responder
 
 
0 # Eddy Jaldin Medrano 09-05-2011 15:04
es recomendable cambiar el nombre a esta ley de "Deslinde" por hacer alucion al modelo feudalista de lindes y deslindes de la propiedad comunitaria estableciendo una separacion de lo Indio y Lo criollo, en materia de juridica podria entenderse como una justicia para blancos y otra para indios antagonicamente distintos y separados,prolo ngando la discriminacion y el racismo aun con ley antirracismo incluida, lo correcto a mi criterio seria hablar de una "Ley de Coordinacion Jurisdiccional"
Responder
 
 
0 # Eddy Jaldin Medrano 09-05-2011 15:15
si por concepto de Estado entendemos que es la sociedad juridica y politicamente organizada, el reconocimientpo del sistema juridico Indigena equivale al parcial reconocimiento de los estados- nacion Indigenas al interior del estado plurinacional de Bolivia, entonces solo faltaria que los pueblos revaliden su organizacion politica para lograr su autodeterminaci on
Responder
 
 
0 # DAYSI SOTELO NUÑEZ 30-05-2011 17:57
ESPERO QUE CON ESTA LEY , DE VERDAD SE RESPETE A LA PERSONA CON TODOS SUS DERECHOS ESTABLECIDOS EN LA N.C.P.E Y EN LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA, Y NO PONIENDO DE PRETEXTO LA JUSTICIA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIA , CAMPESINA APLIQEN LA JUSTICIA POR ELLOS MISMOS COMO VEMOS EN NUESTRO PAÍS LAMENTABLEMENTE ,MURIERON MUCHAS PERSONAS , QUE HASTA AHORA NO SE HIZO JUSTICIA Y ESO TALVES QUEDARA EN EL OLVIDO
Responder
 
 
0 # daniel 20-07-2011 15:46
que pasa si una autoridad originaria esta comprada

ademas de sus decicsiones supuestamente estan amparadas en los usos y costumbres y cuales son losusos y costumbres
como saber si sus decisionesson justas
Responder
 
 
0 # RICHARD CONDORI CALL 20-07-2011 16:11
yo creo que con esta nueva ley estarian dando mas cobertura a las autoridades originarias para cometer sus delitos y agredir verbalmente a la gente dentro lo que es su juridiccion y sus uso y costumbres.
Responder
 
 
0 # RICHARD CONDORI 20-07-2011 16:17
La gente conociendo esta ley toma esas atribuciones para discriminar, regionalizar y agredir lo que es a las personas de distintos lugares inclusibe queriendo decidir en contra de la gente del area concentrada.
Responder
 
 
-1 # Nicolas Cussy 15-08-2011 20:32
Respeto las distintas expresiones de comentarios y sin embargo sugiero leer y analizar la nueva ley a fin de interpretar mejor. Lo que se puede resaltar es que la JUSTICIA de las NACIONES INDIGENAS ORIGINARIAS está reconocida en igualdad de jerarquía frente a la JUSTICIA que proviene del Estado y es la primera Ley aprobado y reconocido en el mundo.
Responder
 
 
0 # Diego Chávez 15-08-2011 22:35
Hola Nicolas, gracias por el comentario, precisamente tenemos una pastilla conceptual sobre la jurisdicción indígena originario campesina en: http://bit.ly/qkv4eR
Saludos!
Responder
 
 
-1 # roque armando camach 15-08-2011 21:21
NICOLAS...LA JURISDICCIÓN INDIGENA ORIGINARIO CAMPESINA TAMBIEN ES Y SERÁ DEL ESTADO...PORQUE LOS INDÍGENAS ORIGINAROS CAMPESINOS FORMAN PARTE DEL ESTADO...ADEMÁS SUS RESOLUCIONES DEBERÁN ESTAR EN COINCIDENCIA CON LA CONSTITUCIÓN, QUE ES LA NORMA SUPREMA DEL ESTADO...INCLUSO LOS FUNCIONARIOS INDIGENA ORIGINARIOS CAMPESINOS QUE SE DESEMPEÑEN COMO JUCES O TRIBUNAL O SEA QUE APLIQUEN DICHA JURISDICCIÓN, SERÁN FUNCONARIOS PÚBLICOS O SEA PARTE DEL ESTADO...DE TAL MANERA QUE AMBAS JURISDICCIÓN SON ESTATALES...NO PUEDEN EXISTIR JURISDICCIONES FUERA DEL ESTADO...PUESTO QUE LA JURISDICCIÓN ES EL EJERCICIO DE LA POTESTAD (PODER) QUE DA EL ESTADO A UN FUNCONARIO PARA QUE ACTÚE EN SU NOMBRE...TODO SEGÚN LA TEORÍA Y PRÁCTICA QUE VIENE DESARROLLANDOSE DESDE ROMA, HACE MÁS DE 2000 AÑOS
Responder
 
 
0 # Diego Chávez 15-08-2011 22:35
Hola Roque, gracias por el comentario, precisamente tenemos una pastilla conceptual sobre la jurisdicción indígena originario campesina en: http://bit.ly/qkv4eR
Saludos!
Responder
 
 
-1 # gabriela quiroz 19-10-2011 20:02
QUE PASA CON LOS DIRIGENTES COMUNITARIOS QUE POR ESTA LEY SON MAS CORRUPTOSY DESPOTAS, ALGUNOS DE LOS USOS Y COSTUMBRES SON INHUMANOS,CASO ACHACACHI Y OTROS, ESTAN CONFUNDIDOS CON LAS LEYES SOBREPASANDO LA CONSTITUCION, Q LA MISMA SE CONTRADICE, EN RESUMEN ES COMO SI EXISTIRIA LA SUBORDINACION DE LOS RESIDENTES A LOS HABITANTES COMUNARIOS QUE NO PAGAN IMPUESTOS Y OTROS QUE PAGAN Y VIVEN EN EXTREMA POBREZA, ME GUSTARIA QUE EXISTA UN ESTADO DEDERECHO PARA TODOS BLANQUITOS, NEGRITOS, ETC.
CONOSCO DE MUCHOS CASOS DONDE LOS RESIDENTES SON EXTORCIONADOS Y SOMETIDOS, CUANDO CREES QUE SOLO CUMPLES CON TU DERECHO DE RESIDIR, TE VIENE ESTA LEY DE DESLIDE, TE TILDA DE AVASALLAMIENTO DEL LUGAR DONDE FUE TU HOGAR, SIN ESCUCHAR RAZONES TE EXPULSAN DEL LUGAR,CUANDO ELLOS OCUPAN ESPACIO EN LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, ME SIENTO MUY INPOTENTE, SERAMEJOR Q SE INVESTIGUE, CAPACITE, ORIENTE A LA BASE QUE SON INFORMADOS AL CRITERIO DE SUS DIRIGENTES COMUNARIOS
Responder
 
 
0 # Armony Gutierrez 18-11-2011 11:22
me parece muy bien la ley solo falta saber como sera interpretada por los que la pondran en práctica miren hasta algunos entendidos en leyes les causa dudas de como sera aplicada ya que la intervencion de la justicia ordinaria es limitada
Responder
 
 
0 # Administrator 22-11-2011 10:31
Gabriela y Armony: Muchas gracias por sus opiniones sobre el tema. Les invitamos a ampliarlo en la siguiente pestaña que tenemos de Jurisdicción Indígena Originario Campesina bit.ly/qkv4eR

!Muchos saludos!
Responder
 
 
0 # Yawar Flores 02-03-2012 12:05
Como esta... Le cuento que estoy realizando una Tesis en Derecho referente a la jurisdiccion Indigena y su jerarquia. por lo que me gustaria preguntarle ¿que significa el termino "igual jerarquia" entre La Jurisdiccion Ordinaria y La jurisdiccion Indigena?
Responder
 
 
0 # franklin 06-03-2012 21:42
se debe hace un incapie en el art 10 lean con calma y analicenlo. creo q es una estocada algo fea
Responder
 
 
0 # JOFMG 30-03-2012 10:34
UNA VERGUENZA CON LOS HERMANOS INDIGENAS, ESA LEY NO HACE SINO LIMITAR AUN MAS SU AUTONOMIA Y SU LIBRE DETERMINACION, LO QUE APARECE COMO UNA REIVINDICACION EN REALIAD ES UNA SUSTRACCION INVEROSIMIL A SUS DERECHOS, ES ABERRANTE QUE LA LEY DIGA QUE EN SU TERRITORIO LOS INDIGENAS NO TIENEN AUTONOMIA NI PENAL NI CIVIL NI FORESTAL NI SOBRE LA TIERRA NI SOBRE LA PROPIEDAD, ENTONCES SONBRE QUE SON COMPETENTES, delitos menores, resolucion de conflictos irrisorios y esa es la revolucion?
Responder
 

Escribir un comentario


Sitios Web de Gobernabilidad Democrática

Democracia y estado de derecho Sociedad civil y Movimientos indígenas
Corte Nacional Electoral
http://www.cne.org.bo
PNUD - Programa de Fortalecimiento Democrático
http://www.partidosbolivia.org.bo/
IDEA International (en inglés)
http://www.idea.int/

Fundación Boliviana para la Democracia Multipartidaria
http://www.fbdm.org.bo/
UNRISD - Instituto de Investigación para el Desarrollo Social de Naciones Unidas
http://www.unrisd.org/
MINGA informativa de movimientos sociales
http://movimientos.org
Federación Nacional de Mujeres Campesinas de Bolivia - Bartolina Sisa
http://www.bartolinasisa.org
Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia - CIDOB
http://www.cidob-bo.org/
Investigación y formación Indicadores
CEPAL - Comisión Económica para América Latina y El Caribe
http://www.eclac.cl
CIDES UMSA - Postgrado en Ciencias del Desarrollo
http://www.cides.edu.bo/
CESU UMSS - Centro de Estudios Superiores Universitarios
http://www.cesu.umss.edu.bo/
INE - Instituto Nacional de Estadística de Bolivia
http://www.ine.gov.bo
Centro de Gobernabilidad de Oslo (en inglés)
http://www.undp.org/oslocentre
UDAPE - Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas
http://www.udape.gov.bo/
Descentralización Diálogo Democrático
Ministerio de Autonomía
http://www.autonomia.gob.bo/
OBD - Observatorio Bolivia Democrática
http://obd.autonomia.gob.bo/
Servicio de Información y Análisis de la gestión Municipal
http://www.siam.fam.bo/
PNUD - Proyecto regional de diálogo democrático
http://www.democraticdialoguenetwork.org
Fundación UNIR
http://www.unirbolivia.org
Asociación Internacional para la Participación Pública
http://www.iap2.org
Medios de Comunicación
Género
Asociación nacional de medios Comunitarios, Libres y Alternativos
http://www.medioscomunitarios.org/bolivia/
ALAI - Agencia Latinoamericana de Información
http://alainet.org
Medios sobre medios en América Latina
http://www.medioslatinos.com
Genera
http://www.americalatinagenera.org

Unifem andina
http://www.unifemandina.org

Coordinadora de la mujer
http://www.coordinadoramujer.org

Abriendo Mundos
http://abriendomundos.org

Más sitios...

El blogueo

Mas blogs...

Aclaración:
Las opiniones expresadas en esta lista de blogs son de exclusiva responsabilidad de sus autores que en ningún caso son las personas ni instituciones que apoyan esta iniciativa. Ni este sitio web ni el PNUD asumen responsabilidad sobre las posiciones expresadas en ellos. Si desea denunciar algún contenido de los blogs, puede escribir al correo: informacion@gobernabilidad.org.bo



Ingresa al grupo en: Facebook Siguenos en: Twitter Entra a nuestro canal en: outube Flickr Slideshare Scribd Ustream RSS
Recibe las noticias del sitio
Con el apoyo de: logo_pnud_negativo logo_progdemocrati_negativo logo_papep_negativo
Dirección: Calle 14 de Calacoto esq. Sánchez Bustamante
Edificio Metroboll II, piso 5
Teléfonos: (+591 2) 2624000 - 2624562
Fax: (+591 2) 2795820
Correo electrónico: informacion@gobernabilidad.org.bo
La Paz - Bolivia
Licencia Creative Commons Salvo que se indique lo contrario, el contenido de este sitio está bajo una licencia Creative Commons 3.0